Memoria de Valoración de Impacto a la Salud – Hábitats Rurales Diseminados – Málaga

Proyecto realizado por Geobiental

Incorporación de los Hábitats Rurales Diseminados existentes en el Suelo No Urbanizable del Término Municipal de Málaga

Con fecha de 27 de abril de 2016, el Ayuntamiento de Málaga formula una solicitud de informes, dictámenes y otros pronunciamientos que van dirigidos a la Comisión Provincial de Coordinación Urbanística (CPCU). El objetivo de esta formulación es relativo al proyecto de “Revisión parcial del PGOU de Málaga para la incorporación de Asentamientos y Hábitats Rurales Diseminados en Suelo No Urbanizable en el término municipal”.

En el ámbito estatal la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, en el capítulo VII del Título II estableció por vez primera que las Administraciones Publicas deberían someter a evaluación del impacto en la salud, las normas, planes, programas y proyectos que fuesen seleccionadas por tener un impacto significativo en la salud.

En Andalucía, la Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública, regula en su Título II la Evaluación de impacto en la salud. En desarrollo de esta ley el Decreto 169/2014 tiene por objeto establecer el contenido y la metodología de la evaluación del impacto en la salud. Es en su Art.3 donde se establece el Ámbito de aplicación, entre el que se encuentran los Instrumentos de Planeamiento General, así como sus innovaciones (art. 3.b)1ª).

Con la entrada en vigor del Decreto 2/2012, que Regula el Régimen de las Edificaciones y Asentamientos existentes en el Suelo No Urbanizable de la CA Andaluza, se redacta y aprueba el Avance de Planeamiento que identifica los Asentamientos existentes en el término municipal de Málaga. Este Avance recibe aprobación definitiva el 3 de junio de 2013; tras lo cual y continuando con los tramites descritos dentro del Decreto, el paso siguiente que debía acometerse era el de la Revisión del PGOU que incorporara finalmente los Hábitats Rurales Diseminados y Asentamientos existentes en el Plan General de Ordenación Urbana de Málaga 2011.

Dicha Revisión denominada “Proyecto de Revisión parcial del PGOU incorporación de los Asentamientos y Hábitats Rurales en el SNU del término municipal de Málaga”, fue aprobada en Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada el 13 de febrero de 2015, e igualmente sometida a aprobación inicial por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el pasado 31 de marzo de 2015.

Debido a modificaciones legislativas en el campo Medioambiental, concretamente por la Ley 3/2015 de Modificación de la GICA, la Revisión de Plan General para incorporar los HRD se veía obligada a someterse a una nueva aprobación inicial, junto con el documento de Evaluación Ambiental Estratégica, con el consiguiente nuevo periodo de información pública.

Dicha Revisión parcial del PGOU Incorporación de los Asentamientos y Hábitats Rurales en el SNU del término municipal de Málaga, fue de nuevo aprobada inicialmente por el Excmo. Ayto. Pleno el 28 de septiembre de 2017, junto al estudio ambiental estratégico.

En la actualidad la aprobación del Decreto-Ley 3/2019 de 24 de septiembre de medidas urgentes para la adecuación ambiental y territorial de las edificaciones irregulares en la Comunidad Autónoma de Andalucía, ha derogado el Decreto 2/2012, no incluyendo determinación alguna en su articulado sobre la Categoría de Hábitat Rural Diseminado, pero incluyendo en su Disposición Transitoria Primera. Sobre los Asentamientos Urbanísticos delimitados en los Avances de Planeamiento regulados en el Decreto 2/2012, de 10 de enero:

“ El Plan General de Ordenación Urbanística, o la modificación o revisión del mismo, según el alcance de la innovación propuesta, podrá incorporar los asentamientos urbanísticos ya delimitados en los Avances de Planeamiento aprobados en desarrollo del Decreto 2/2012, de 10 de enero, como suelo urbano o suelo urbanizable, respetando los criterios previstos de este Decreto Ley”

Con esta disposición transitoria y considerando que los HRD se están procediendo a incorporar al Plan General, mediante la Revisión del mismo y en desarrollo del Decreto 2/2012 y la LOUA, que también incorpora un único Asentamiento Urbanístico, Los Carneros, como Suelo Urbano No Consolidado, junto a los 25 Hábitats Rurales Diseminados, continuaremos con la tramitación de la Revisión, por considerarla plenamente vigente y respetuosa con las determinación incluidas dentro del Decreto-Ley 3/2019.

Solicitado durante el primer plazo de información pública (AI 13 de febrero de 2015) tras la remisión a la Comisión Provincial del Urbanismo de 23 de abril de 2015 del escrito donde se solicita el informe de Evaluación del Impacto en la Saluda la Delegación Territorial sobre la Aprobación Inicial de esta Revisión Parcial del PGOU, se considera que según el Decreto 169/2014 que regula el procedimiento de emisión del informe de incidencia en la Salud, no procede la emisión de informe alguno puesto que la Revisión del PGOU no ha recibido Aprobación Inicial con fecha posterior al 16 de junio de 2015 (fecha de entrada en vigor del decreto).

La citada revisión parcial del PGOU de acuerdo con el artículo 40.2.b de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental es sometida al procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria.

Tras la nueva aprobación inicial de 28 de septiembre de 2017, ya si procede el sometimiento de la Revisión del PGOU a la Evaluación del impacto en la Salud, tal y como recoge la Ley 16/2011 de Salud Pública de Andalucía.

Memoria Estudio Impacto Salud - Habitats Rurales - Malaga

En base a la naturaleza de la modificación del PGOU de Málaga que se pretende acometer y a la normativa en materia de Evaluación de Impacto a la Salud, se establece que con carácter previo a la aprobación definitiva de esta modificación, estos se deben someter al procedimiento de Evaluación de Impacto a la Salud en consonancia con la normativa vigente (Art. 3.b.1º – “Instrumentos de planeamiento general, así como sus innovaciones”) Decreto 169/2014, de 9 de diciembre, que establece el procedimiento de Evaluación del Impacto en la Salud de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Según la Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía están sometidos a Evaluación de Impacto a la Salud las siguientes actuaciones: los planes y programas sectoriales con impactos potenciales en salud aprobados por Consejo de Gobierno; los instrumentos de planeamiento urbanístico general, así como algunos de desarrollo; y las actividades y obras sometidas a instrumentos de prevención y control ambiental (con algunas excepciones).

Para lo cual se redacta la Memoria de Valoración del Impacto en la Salud (según Decreto 169/2014), con objeto de que se identifique, describa y valore los efectos previsibles, positivos y negativos, que la Revisión Parcial del PGOU del PGOU Incorporación de los Asentamientos y Hábitats Rurales en el SNU del término municipal de Málaga, pueda producir sobre la salud de las personas, tras lo cual La Consejería Salud y Familias pueda emitir el preceptivo informe de Evaluación de Impacto en la Salud de esta innovación del PGOU 2011.

Por tanto, es objetivo del presente documento en cumplimiento con la legislación y de los requerimientos, para la aprobación de la Revisión parcial del PGOU de Málaga, la elaboración y evaluación del documento de “Valoración de Impacto a la Salud” que pudiera acometer esta actuación sobre la población.

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