Autorización Ambiental Unificada – Linea Eléctrica – Sevilla

Proyecto realizado por Geobiental

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL  CON PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA

El presente documento de Autorización Ambiental Unificada al proyecto de “Línea eléctrica aérea/subterránea de media tensión 15 (20) kV, centro de seccionamiento y entrega y tres centros de transformación (400 + 250 + 100 kVA) para la alimentación de las instalaciones de riego en finca denominada La Tiesa” en el término municipal de Aznalcázar (Sevilla) se redacta en cumplimiento de lo establecido Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, modificado por el artículo 7.3 del Decreto-Ley 5/2014, de 22 abril, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas, y por el artículo 2 de la Ley 3/2015, de 29 de diciembre, de medidas en materia de gestión integrada de calidad ambiental, de aguas, tributaria y sanidad ambiental y en el artículo 27 del Título III de la Sección Tercera y el Anexo I categoría 2.17 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental y al Anexo III del Decreto 356/2010, de 10 de agosto por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

Este proyecto por tanto se encuentra sometido a Autorización Ambiental Unificada en la categoría 2.17 “Construcción de líneas aérea de transmisión de energía eléctrica de longitud superior a 1.000 metros no incluidas en el epígrafe 2.15. Se exceptúan las sustituciones que no se desvíen de la traza más de 100 metros” del Anexo I de la Ley GICA.

El objetivo principal que persigue la Autorización Ambiental Unificada (AAU) es prevenir, evitar o, cuando esto no sea posible, reducir en origen la producción de residuos, las emisiones a la atmósfera, al agua y al suelo a través de un enfoque integrado y evaluación global de las incidencias ambientales de las actuaciones sometidas a la misma. Así como recoger en una única resolución las autorizaciones y pronunciamientos ambientales que correspondan a la Consejería competente en materia de medio ambiente y entidades de derecho público dependientes de la misma, y que resulten necesarios con carácter previo para la implantación y puesta en marcha de estas actuaciones. Autorización Ambiental Unificada al proyecto de “Línea eléctrica aérea/subterránea de media tensión 15 (20) kV, centro de seccionamiento y entrega y tres centros de transformación (400 + 250 + 100 kVA)

La AAU se encuentra regulada en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (Ley GICA) desde su artículo 27 hasta el artículo 35 y por Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la Autorización Ambiental Unificada. En el primer artículo – artículo 27 de la GICA – del apartado 1 se expresan aquellas actuaciones sometidas al ámbito de aplicación.

Autorizacion Ambiental Unificada de Linea Electrica en Sevilla

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